CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE HABITACIÓN
⚠️ Nota legal: El arrendamiento de habitación con propietario residente no está sujeto a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), sino al Código Civil (art. 1542 y ss.), lo que otorga mayor libertad de pacto a las partes.
REUNIDOS
De una parte, como PROPIETARIO/ARRENDADOR, D./Dña. , con NIF .
De otra parte, como INQUILINO/ARRENDATARIO, D./Dña. , con NIF .
PACTAN
PRIMERA. — Objeto
El PROPIETARIO cede en arrendamiento al INQUILINO el uso exclusivo de la en la vivienda sita en . El inquilino tendrá acceso compartido a las siguientes zonas comunes: cocina, baño y salón.
El PROPIETARIO reside habitualmente en la misma vivienda, por lo que la convivencia se regirá por el principio de respeto mutuo y las normas de la comunidad de propietarios.
SEGUNDA. — Duración
La duración pactada es de 11 mes/es, a partir del [FECHA INICIO]. Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato notificando con 30 días de antelación. El incumplimiento del preaviso obligará a la parte que no lo respete a abonar tantos días de renta como falten para completar el plazo de preaviso.
TERCERA. — Renta
La renta mensual es de 400,00 euros, pagaderos el día 1 de cada mes mediante transferencia al IBAN . Los suministros (agua, luz, gas e internet) están incluidos en la renta.
CUARTA. — Fianza
El INQUILINO entrega en el acto 400,00 euros en concepto de fianza, que será devuelta en el plazo de un mes desde la entrega de llaves, deducidos desperfectos o rentas pendientes.
QUINTA. — Legislación aplicable
El presente contrato se rige por los artículos 1542 y siguientes del Código Civil español. Para la resolución de cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados del lugar donde radica la vivienda.
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NIF:
PROPIETARIO/ARRENDADOR
NIF:
INQUILINO/ARRENDATARIO